La ventana jubilatoria permite que los trabajadores que cumplan los requisitos de edad y años de servicio puedan jubilarse con el 75% de los haberes en actividad al mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación.

Este 75% es si tiene 30 años de servicio y se agrega 1% más por cada año de servicio adicional hasta llegar al 82% del sueldo neto en actividad (con 37 años de servicio se jubilará con el 82% del sueldo neto en actividad).

Percibirán el 75% de su haber neto del mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación y deberán aportar los aportes y contribuciones de los años que le faltan que se le descontarán de la jubilación otorgada.

En el caso de la ventana, el IPS le presentará al interesado los haberes calculados por el régimen de la ventana o el régimen normal para que opte por cual le conviene.

En ambos regímenes queda excluido el personal de seguridad pues tiene su propio régimen de retiro.

Quedan incluidos los trabajadores municipales de aquellos municipios que se adhieran, conforme lo determinará la reglamentación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente MOL